La diabetes o sus secuelas no constituyen causales de impedimento para contratar a un trabajador o motivo para cesarlo.

Esta afirmación concuerda con la Ley N° 30867, que obliga a los ministerios de Salud y de Trabajo y Promoción del Empleo implementar acciones de prevención y promoción para la lucha contra la diabetes.

Como parte de esa tarea, la norma, que incorpora el Capítulo V, Acciones de Prevención, a la Ley N° 28553, Ley General de Protección a las Personas con Diabetes, establece que ambos portafolios deben brindar a los trabajadores de los sectores público y privado, bajo cualquier régimen laboral o modalidad de contratación, el acceso a programas de prevención y campañas de descarte de la diabetes.

A criterio del laboralista César Puntriano Rosas, la decisión de incluir en forma explícita que la diabetes o sus secuelas no son causales de impedimento para el ingreso o motivo de cese de la relación laboral, se orientaría a poner de relieve la importancia de la prevención y atención de pacientes con diabetes.

Lo mismo ocurre con el cese porque si el empleador extingue el vínculo laboral por el solo padecimiento de diabetes o alguna secuela generaría la invalidez del despido, agregó.

El Ministerio de Salud (Minsa), en coordinación con los gobiernos regionales y locales, promoverá buenas prácticas en los establecimientos de expendio de comida en los que se elaboren o comercialicen alimentos destinados al público. Para tal efecto, se promoverá la difusión de la información nutricional en las cartas de menús u ofertas de comida, de los alimentos preparados bajos en sodio, azúcar, grasas saturadas y grasas trans, así como otras indicaciones que consideren relevantes.

Comentarios