En el marco de la promoción y desarrollo de habilidades, destrezas y competencias, la Facultad de Derecho de la Universidad César Vallejo (UCV) realizó otro interesante seminario de actualización profesional, dirigido a sus estudiantes y docentes denominado: “Estudios de Derecho Constitucional – Administrativo”.

Christian Guzmán Napuri, especialista en Derecho Administrativo y Constitucional, consultor del Ministerio de Economía y Finanzas en el año 2012 y exdirector de fiscalización, sanción y aplicación de incentivos del organismo de evaluación y fiscalización ambiental; junto a Juan José Santivañez Antúnez, especialista en Derecho Disciplinario, magister en litigio y con más de 15 años de experiencia y reconocida trayectoria en el ámbito del Derecho Policial, fueron los ponentes invitados.

Los destacados juristas abordaron los temas: “La naturaleza del régimen disciplinario”; y “La aplicación del principio de licitud sustancial del régimen administrativo disciplinario de la PNP”.

“El procedimiento disciplinario tiene por finalidad disuadir conductas dañosas que vulneran bienes jurídicos dentro de la administración pública, cuyas acciones son generadas por los servidores del Estado. Por consiguiente, es necesario contar con una administración publica eficiente, con personal de primer nivel, de ahí la importancia de establecer una serie de incentivos positivos como compensaciones, capacitaciones y mejores condiciones de trabajo”, señaló Guzmán Napuri, quien también fue jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el periodo 2013-2014.

Juan José Santivañez Antúnez, por su parte, quien disertó sobre la aplicación del principio de licitud sustancial del régimen administrativo disciplinario de la PNP, sostuvo que hablar de este régimen es un tema netamente técnico y especializado.

“Hoy en día, la gran mayoría de regímenes disciplinarios pretenden introducir la mejora de sus conductas al ámbito privado de los funcionarios públicos. Distintos casos son expuestos a través de los medios de comunicación, por ejemplo, cuando efectivos policiales son intervenidos por supuestas inconductas funcionales, estando muchos de ellos fuera del horario de trabajo o en días de franco. Aquí hay que ser claros y tengo que decirlo, el Estado se involucra demasiado en la vida personal de los funcionarios, cuando en realidad lo único que debería regular es la acción, la omisión o la extralimitación de facultades en el ejercicio de la función pública”, señaló, Santivañez Antúnez.

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