Gracias al tratamiento tributario de las donaciones de alimentos y otras por desastres naturales (Ley 30498), las empresas liberteñas podrán destinar parte de sus utilidades a los denominados gastos de responsabilidad social, lo cual será reconocido como deducible de sus rentas para el cálculo del impuesto, aseveró el presidente de la Comisión de Asuntos Tributarios de la Cámara de la CCPLL, Ramón Chumán, expositor del “XII Seminario Actualización Tributaria – Laboral” organizado por el gremio empresarial.
“Con la normativa vigente, las empresas ahora pueden desarrollar sus políticas de responsabilidad social y la ley les permite descontar el monto de las donaciones para determinar la renta sobre la cual calculan sus impuestos”, indicó el experto.
Ramón Chumán mencionó que, tras los impactos del Fenómeno El Niño (FEN), una motivación para que los contribuyentes del país respondan positivamente a la reforma tributaria es la reconstrucción nacional, que se realizará a través de cualquier fuente de financiamiento reglamentada.
Remarcó además que para la reconstrucción nacional existen cuatro fuentes de financiamiento:
1) La reforma tributaria, que no tendrá impacto inmediato pero si en el corto y mediano plazo.
2) El saldo de Caja en el Balance del Estado que corresponde a dinero no utilizado por organismos públicos, cuyo monto asciende a 4,500 millones de soles.
3) Créditos por desastres al que puede acceder el Perú en el Banco Mundial hasta un monto de 4,000 millones de dólares.
4) Fondo de Estabilización Fiscal (FEF) ante ciclos económicos adversos.









