Mediante Decreto Supremo N°007-2016-MC se han establecido las primeras tres reservas para los pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial (PIACI). Este decreto categoriza las hasta entonces denominadas “Reservas Territoriales Isconahua, Mashco Piro y Murunahua”, ubicadas en la región Ucayali.
La categorización como reservas indígenas garantiza la protección del territorio de los pueblos en aislamiento y contacto inicial y les otorga mayor seguridad jurídica. El Ministerio de Cultura, en el marco de sus funciones, ha impulsado el proceso de categorización a fin de establecer mayores garantías a los derechos de los pueblos indígenas Isconahua, Mashco Piro, Mastanahua, Murunahua y Chitonahua en situación de aislamiento, y el pueblo Amahuaca, en situación de contacto inicial.
El cambio en la condición jurídica de las reservas territoriales a indígenas establece mayores salvaguardas a los derechos fundamentales y colectivos de los pueblos indígenas en aislamiento y contacto inicial, así como el uso y manejo de los recursos naturales para su subsistencia. También se instituye que dentro de sus territorios no podrán establecerse asentamientos poblacionales distintos a los de los pueblos que habitan en su interior y se restringe la realización de actividades diferentes a la de usos y costumbres ancestrales de los pueblos indígenas que ahí habitan.
De esta manera, después de 10 años de promulgada la Ley N° 28736, Ley para la Protección de los Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial, el Perú cuenta oficialmente con las primeras tres reservas indígenas en beneficio de estos pueblos.
Los pueblos en situación de aislamiento y situación de contacto inicial (PIACI):
Se considera Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento (PIA) a aquellos grupos humanos que no han desarrollado relaciones sociales sostenidas con los demás integrantes de la sociedad nacional o que, habiéndolo hecho, han optado por descontinuarlas; mientras que los Pueblos Indígenas en situación de Contacto Inicial (PICI) son los grupos humanos que provienen de una situación de aislamiento y que, manteniendo sus propias formas de organización y de subsistencia, así como sus costumbres tradicionales, han iniciado un proceso de interrelación con los miembros de la sociedad nacional, el cual puede ser intermitente.
Datos de las reservas indígenas:
•Reserva Indígena Murunahua: Tiene un área de 470, 305 hectáreas y está ubicada en los distritos de Yurúa y Antonio Raymondi, en la provincia de Atalaya. Fue creada como Reserva Territorial Murunahua en el año 1997, por medio de la Resolución Directoral Regional N°189-97-CTARU/DRA.
•Reserva Indígena Mashco Piro: Cuenta con una dimensión de 816, 057 hectáreas y está ubicada en el distrito de Purús, provincia de Purús. Fue creada como Reserva Territorial Mashco Piro en el año 1997, por medio de la Resolución Directoral N°0190-97-CTARU/DRA.
•Reserva Indígena Isconahua: Tiene un área de 298, 487 hectáreas y está ubicada en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo. Fue creada como Reserva Territorial Isconahua en el año 1998, por medio de la Resolución Directoral Regional N°201-98-CTARU/DRA.