Los colegios privados solo están autorizados a cobrar cuota de ingreso, matrícula y pensión a los padres de familia y cualquier otro pago que pretendan exigir será ilegal, subrayó Mariella Villacorta, representante del Indecopi.
La abogada explicó que las escuelas privadas no están autorizadas a exigir ningún otro cobro adicional, y si así lo intentaran hacer, los directivos del plantel están obligados a solicitar una autorización al Ministerio de Educación (Minedu).
Durante el programa Indecopi a tu Servicio que transmite Andina Canal online, la funcionaria recordó que la cuota de ingreso es un pago único y se cobra cuando el escolar asiste por primera vez a esa escuela.
La matrícula es la inscripción del alumno y el monto no puede ser mayor al de la pensión, esta última se paga mensualmente como prestación educativa que ofrece el colegio. “El colegio no puede obligar a los padres, y si lo hace, los padres pueden exigirle la autorización del ministerio. Los padres de familia pueden colaborar con algún pago si lo desean”, comentó.
Villacorta recordó a los familiares que antes de matricular a su hijo e hija deben averiguar si la institución educativa está autorizada por el Minedu o no y pueden hacerlo a través de Indenticole, una herramienta virtual de la institución.
Gracias a ella, se puede conocer la escuela privada es formal o no. A veces algunas escuelas privadas tienen permiso para enseñar primaria, pero no secundaria, advirtió.