El Gobierno aprobó el reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento a través del cual se busca asegurar la calidad y sostenibilidad de dichos servicios, así como el acceso universal al agua potable.

El reglamento, aprobado a través del Decreto Supremo 019-2017- Vivienda publicado en el Diario Oficial El Peruano, tiene por finalidad asegurar la calidad, eficiencia y sostenibilidad de la prestación de los servicios de saneamiento para el logro del acceso universal al agua potable y alcantarillado.

Regula la prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito urbano y rural, las funciones, las responsabilidades, los derechos y obligaciones de las entidades con competencia legal en materia de saneamiento, así como los derechos y obligaciones de los usuarios y prestadores de servicios.

También regula la organización y gestión eficiente de los prestadores de servicios de saneamiento, política de integración, la regulación económica, la promoción en la protección del ambiente, la gestión del riesgo de desastres e inclusión social.

Las autoridades, bajo responsabilidad, están obligadas a cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo 1280, que aprueba la Ley Marco de Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento.

El reglamento establece las funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), en su condición de ente rector del sector saneamiento, a través de sus órganos de línea, órganos desconcentrados o los que correspondan.

De igual modo, se indican las funciones de los ministerios con competencias relacionadas con el sector saneamiento, los mismos que desarrollan sus funciones en coordinación con el MVCS.

Asimismo, se señalan las funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass), los gobiernos regionales y locales en materia de saneamiento.

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