Un total de 406 profesionales y técnicos de la Gerencia Regional de Salud (Geresa), que laboraban por muchos años bajo la modalidad de Contrato de Administración de Servicios (CAS), serán finalmente nombrados, pasando a la condición de permanentes, disponiendo que se publique en el diario oficial y se cumpla en todos sus párrafos.
Para ello el gobernador regional César Acuña Peralta suscribió la Ordenanza N° 002-2015-GR-LLL/CR en la que se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Geresa.
Esto implica que se autoriza la creación de cargos y de plazas para el nombramiento de profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de salud del gobierno regional y sus órganos desconcentrados año 2014 y actualizar la condición de cargos previstos en atención a la Ley N° 28498 y la Ley N° 28560. La norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial, permitiendo que 406 médicos, obstetrices, nutricionistas, enfermeras y personal de servicio sea nombrado.
Esta ordenanza fue aprobada previamente por el Consejo Regional el pasado 24 de Abril, tras ser sustentada por el consejero regional por la provincia de Chepén, Frank Sánchez Romero, presidente de la comisión de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la gerente regional de Salud, Evelyn Goicochea Ríos, en sesión presidida por Dante Chávez Abanto.
Mediante Ordenanza Regional N° 012-212-CR también se había aprobado la modificación de la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad.
Además, el literal g) del numeral 8.1 de la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014 autorizó el nombramiento de hasta el 20% de la población económicamente activa (PEA) definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153 de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobierno regionales.