La Libertad es la segunda región con más inscripciones de uniones de hecho en el Registro de Personas Naturales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) al registrar entre el 1 de enero y el 31 de mayo de este año 191 parejas, informó la Sunarp.

La Libertad solo es superada por Lima, que tiene inscrita a 300 parejas en el mismo periodo de tiempo. Luego se ubican las regiones Arequipa, con 117 parejas; Puno, con 96; Ucayali, 67; y San Martín, con 67 parejas.

A continuación se ubican las regiones de Ica (55), Piura (52), Pasco (51), Loreto (39), Cusco (39), Áncash (39), Junín (38), Lambayeque (33) y Cajamarca (33).

La Sunarp precisó que la inscripción de uniones de hecho en el Registro de Personas Naturales creció en un 58.03 por ciento en relación al mismo periodo del 2016, al pasar de 853 anotaciones en el 2016 a un total de 1,348 convivencias inscritas en lo que va del 2017.

La unión de hecho es la forma legal de reconocer el concubinato, y es la convivencia libre y voluntaria entre un hombre y una mujer libres de impedimento matrimonial, que haya durado por lo menos dos años continuos, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio.

En el matrimonio existen dos regímenes patrimoniales: la separación de patrimonios o el régimen de sociedad de gananciales. La separación de patrimonios se puede dar antes del matrimonio o durante el matrimonio. El régimen de sociedad de gananciales se presume solo durante la duración del matrimonio y lo constituyen todos los bienes y rentas obtenidos durante la vigencia del matrimonio, los cuales pertenecen a los cónyuges en partes iguales.

La ley reconoce que una unión de hecho es compatible con la sociedad de gananciales. Para ello la convivencia debe estar reconocida en la vía notarial o judicial. En el caso del concubinato, los convivientes no pueden decidirse por el régimen de separación de patrimonios.

Al inscribir la convivencia en el Registro de Personas Naturales de la Sunarp, la pareja precisa la fecha de inicio de la relación así como la de su finalización, en caso se produjera, ello con el objetivo de diferenciar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les corresponden a cada uno y evitar una injusta redistribución de su patrimonio.

En consecuencia, al inscribir la unión de hecho en la Sunarp, los convivientes garantizan la preservación de sus derechos patrimoniales o de propiedad, lo cual se puede hacer valer frente a cualquier tercero, ya que la inscripción da certeza de cuáles son los bienes que están sujetos al régimen patrimonial de la sociedad de gananciales por la que se rigen los integrantes de la unión de hecho.

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