La SUNAT ya tiene casi listo el nuevo Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias, tras varios cambios. El nuevo texto sería publicado este mes y entrará en vigencia en julio. Una de las principales novedades que trae el nuevo reglamento es que la SUNAT otorgará el beneficio de fraccionamiento en cinco días hábiles desde que se solicita, plazo menor a los más de 30 días en que se lleva el proceso en la actualidad.
Esta medida es clave, sobre todo para las personas naturales, que tenían que esperar un mes para acogerse al beneficio, pero en el proceso estaban expuestos a la cobranza coactiva del ente recaudador, generando un mecanismo perverso, que fue muy criticado por gremios empresariales e incluso en las redes sociales.
“Antes llegaba la cobranza coactiva y no había forma de que llegue a los 30 días para acogerse al fraccionamiento, tenía que pagar sí o sí”, dijo la jefa de la Sunat, Tania Quispe.
La última versión, en cambio, no exigirá cuota inicial o garantía a los pequeños deudores que se acojan por cuotas menores a 12 y que su deuda tributaria sea menor a tres UITo S/. 11,550. En esta situación, según datos de la propia Sunat, se encuentra el 80% de los fraccionamientos. Sin embargo, si se excede este monto o las 12 cuotas sí se exigirá una inicial que variará en función a la deuda y al número de cuotas.
En cuanto a los plazos de financiamiento, el nuevo reglamento mantendrá los 72 meses que se contempla en la legislación vigente, tras las críticas que recibió por querer reducirlo a 48 meses en la primera versión de la norma. El ente recaudador además mantendrá la propuesta de no exigir cuota de acogimiento, ni garantía a los denominados buenos contribuyentes (por su nivel de cumplimiento), que a la fecha son 23,000, y serán revisados semestralmente.
Otra novedad es que en el caso de la declaración jurada anual de renta, las personas naturales sin negocio podrán solicitar fraccionamiento al momento de presentar su declaración.