Gobierno emite Decreto Supremo que garantiza la neutralidad del Estado durante proceso electoral

Con la finalidad de garantizar el deber de neutralidad y asegurar el desempeño ético de todos los funcionarios y servidores públicos del Estado, el gobierno emitió el Decreto Supremo 199-2020-PCM que establece disposiciones sobre su neutralidad durante el periodo electoral 2021.

La norma tiene por objeto asegurar la obligación de no interferir en las elecciones, ni realizar acciones que perjudiquen o favorezcan a una candidatura o agrupación política. En ese sentido, se han establecido prohibiciones explícitas a los funcionarios públicos, como el uso indebido de bienes o recursos, manejo incorrecto de información a la que se accede en el ejercicio de funciones, obstrucción del derecho de acceso a la información pública, o el abuso de la posición o el cargo para la obtención de ventajas indebidas, entre otras.

De igual forma, impide hacer proselitismo o emitir opinión sobre las condiciones personales, profesionales o académicas de cualquier candidata o candidato, así como sobre su ideario o programa de gobierno.

Este dispositivo legal establece conductas específicas como la prohibición de realizar actividades proselitistas contenidas en la Ley del Código de Ética de la Función Pública. Asimismo, se implementa la debida diligencia para cautelar y reforzar el deber de neutralidad durante el periodo electoral.

La norma también establece que las oficinas de recursos humanos de cada entidad deberán desarrollar acciones de difusión (comunicación interna) para que todos sus integrantes estén al tanto de este decreto.

Para asegurar el cumplimento de lo establecido, se ponen a disposición de la ciudadanía canales anónimos de denuncia para informar acerca de cualquier posible inconducta que pueda interferir en el proceso electoral. En tal sentido, se ha habilitado la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano, que se suma a los canales establecidos por el Jurado Nacional de Elecciones.

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