El Poder Ejecutivo aprobó el Reglamento de la Ley N° 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, y que incluye temas de fiscalización y sanción para quienes incumplan la norma. El texto completo ha sido publicado en el diario oficial El Peruano.
El presente Reglamento, publicado a través del Decreto Supremo N° 006-2019- , tiene como finalidad contribuir con el ejercicio del derecho que tiene toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida y garantizar que el ambiente se preserve.
Asimismo, orientar el uso del plástico en el Perú hacia una economía circular, donde los bienes de plástico sean reutilizables, retornables al sistema de producción y reciclables o cuya degradación no genere contaminación por microplásticos o sustancias peligrosas, asegurando su valorización.
El texto del reglamento está compuesto por 6 capítulos, 33 artículos, 7 disposiciones complementarias finales, una disposición complementaria transitoria, una disposición complementaria derogatoria y un anexo.
Las disposiciones establecidas en el presente Reglamento son de cumplimiento obligatorio, según corresponda, para toda persona natural o jurídica, pública o privada, que fabrique, importe, distribuya, comercialice, entregue, use y/o consuma, dentro del territorio nacional.